Validez Legal de la Firma Electrónica en Argentina

Las firmas electrónicas en Argentina, son legalmente reconocidas y avaladas según lo dispuesto en la ley 25.506 (2001) y enmiendas, incluido por la ley 27.446, decreto [reglamentario] 182/2019.

Según esta ley, la firma electrónica tendrá validez legal y eficacia jurídica siempre que se constate:

  • La identidad del firmante.
  • Su voluntad a la hora de firmar el documento.
  • La inalterabilidad del documento una vez firmado.

Legislación

La Ley 25.506 de Firma Electrónica de la República Argentina regula el uso de firmas electrónicas en el país.

Definición de Firma Electrónica: La ley establece que una firma electrónica es cualquier tipo de firma que se utiliza en formato digital para identificar a una persona en una transacción electrónica. La firma electrónica puede tener distintos niveles de seguridad y autenticación.

Validez Legal: Para que una firma electrónica tenga valor legal, debe estar vinculada de manera única al firmante, permitir la identificación del firmante, estar creada utilizando medios que el firmante pueda mantener bajo su control exclusivo, y estar vinculada a los datos firmados de tal manera que cualquier modificación posterior sea detectable.

Reconocimiento Legal: La ley otorga a las firmas electrónicas el mismo valor legal que a las firmas manuscritas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para garantizar su autenticidad e integridad.

Autoridades de Certificación: Se establece la figura de las autoridades de certificación, que son entidades encargadas de emitir certificados digitales y garantizar la autenticidad de las firmas electrónicas.

Obligaciones y Responsabilidades: La ley define las obligaciones de las partes involucradas en el uso de firmas electrónicas, incluyendo las responsabilidades de los proveedores de servicios de certificación y los usuarios.

Validez de los Documentos Electrónicos: Los documentos firmados electrónicamente tienen la misma validez y fuerza probatoria que los documentos en formato papel firmados de manera manuscrita, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Regulación y Supervisión: La ley establece mecanismos para la regulación y supervisión de las actividades relacionadas con firmas electrónicas y autoridades de certificación.

Esta ley facilita el uso de firmas electrónicas en transacciones electrónicas y contribuye a la seguridad y validez jurídica de los documentos digitales en Argentina.

Consultá la Ley 25.506 de la República Argentina

Excepciones

Si bien, prácticamente todos los documentos, pueden ser firmados electrónicamente, existen ciertas excepciones establecidas, que indican que los siguientes documentos sólo pueden ser ejecutados mediante escritura pública:

  • Contratos de compraventa de bienes inmuebles (incluidas sus modificaciones),
  • Cualquier otro contrato que involucre créditos litigiosos inmobiliarios,
  • Cualquier otro contrato accesorio a escritura pública,
  • Cualquier otro contrato que deba formalizarse mediante escritura pública de acuerdo con una ley específica.

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